Solicitudes de participación

Las solicitudes de participación abren la primera fase de un procedimiento en dos tiempos: las empresas se presentan y el comprador selecciona a algunas.

Actualizado el 5 de septiembre de 2026

La solicitud de participación es la primera fase de un contrato público tramitado en dos tiempos: las empresas interesadas presentan un expediente con su capacidad, y el órgano de contratación selecciona a las que serán invitadas a presentar oferta. En esta fase no se pide ningún precio.

Cómo funciona

Esta fase abre el procedimiento restringido, la licitación con negociación, el diálogo competitivo, el concurso de proyectos en dos fases y la asociación para la innovación. El anuncio de licitación indica los criterios objetivos de solvencia, la documentación exigida, el plazo de presentación y el número de candidatos que serán invitados.

La Ley 9/2017 (LCSP) acota lo que puede exigirse: declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, volumen anual de negocios, trabajos o servicios comparables, medios personales y materiales, certificados y habilitaciones. El DEUC sustituye la mayor parte de esas acreditaciones hasta la propuesta de adjudicación, y la inscripción en el ROLECSP evita aportar buena parte de la documentación.

El órgano de contratación descarta a quienes no alcanzan los mínimos exigidos y clasifica al resto para quedarse con el número anunciado. En el procedimiento restringido ese número no puede ser inferior a cinco (artículo 162.2 LCSP, verificado 2026-09-05); si menos candidatos cumplen los criterios, el procedimiento continúa con los que sí lo hacen. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el plazo para presentar solicitudes no baja de treinta días. Solo los seleccionados reciben la invitación y los pliegos.

Qué cambia para una empresa

En esta fase se le juzga por su capacidad, no por su propuesta. Elija referencias próximas en objeto y en tamaño, descríbalas con precisión y aporte pruebas: certificados de buena ejecución, actas de recepción y datos de contacto de los clientes.

Si su solvencia propia no basta, apóyese en la de otras entidades mediante una unión temporal o un compromiso de adscripción de medios, demostrando que dispondrá efectivamente de ellos. La primera causa de exclusión sigue siendo el expediente incompleto: repase la lista de documentos línea por línea antes de presentar.

Ejemplo

El Hospital Universitario de Valdealba tramita un procedimiento restringido para el mantenimiento de sus equipos de imagen, con un valor estimado de 900.000 € para cuatro años. La fase de selección exige tres referencias en imagen médica de los últimos cinco años y una póliza de responsabilidad civil. Se presentan once empresas, dos quedan fuera por referencias insuficientes y cinco son invitadas a ofertar.

Preguntas frecuentes

¿Hay que ofertar un precio en la solicitud de participación?

No. El precio y la propuesta técnica se piden en la segunda fase, tras la selección de candidatos.

¿Puede exigirse documentación no anunciada?

No. Los requisitos figuran en el anuncio y en el pliego y no pueden ampliarse durante el procedimiento.

¿Cuántos candidatos se seleccionan?

El número se anuncia de antemano y en el procedimiento restringido no puede ser inferior a cinco cuando hay suficientes empresas que cumplen los criterios.

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