Cuadro de precios unitarios

El cuadro de precios unitarios recoge el precio de cada unidad de un contrato público. Para qué sirve, relación con el presupuesto estimativo y cómo rellenarlo.

Actualizado el 5 de septiembre de 2026

El cuadro de precios unitarios es el documento de un contrato público con precio formulado por unidades en el que el licitador indica el precio de cada prestación elemental: el metro cuadrado de pintura, la hora de intervención, la unidad de suministro. Una vez adjudicado el contrato, esos precios pasan a ser contractuales y sirven para facturar las cantidades realmente pedidas.

Cómo funciona

La Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), admite que el precio se formule en términos de precios unitarios referidos a los componentes de la prestación o a las unidades que se entreguen o ejecuten, o bien a tanto alzado sobre el conjunto (verified 2026-09-05, artículo 102). El cuadro se entrega dentro de los pliegos como una tabla en blanco, con una línea por partida y una unidad de medida impuesta. El licitador rellena los precios sin IVA y no puede añadir ni suprimir líneas salvo autorización expresa.

Se usa cuando las cantidades no se conocen de antemano, sobre todo en los acuerdos marco y en los contratos basados que se van pidiendo según necesidad. El contratista cobra multiplicando las unidades efectivamente solicitadas por los precios del cuadro. Suele acompañarse de un presupuesto estimativo, que aplica cantidades hipotéticas a esos precios para poder comparar ofertas. En obras, el cuadro de precios unitarios y descompuestos forma parte del proyecto, junto con el estado de mediciones (artículo 233 LCSP).

Los precios se consideran completos: incluyen todos los costes, gastos generales, margen y contingencias de ejecución. Pueden ser fijos o estar sujetos a revisión de precios según el pliego. Cuando el precio se formula por unidades, la garantía definitiva se calcula sobre el presupuesto base de licitación sin IVA, y en los contratos de suministro el órgano puede incrementar hasta un 10 por ciento las unidades sin tramitar una modificación, si el pliego lo previó.

Qué cambia para una empresa

El cuadro de precios unitarios es un ejercicio de precisión. Cada precio debe ser coherente con sus costes reales, porque cobrará sobre esa base durante toda la vida del contrato, sean cuales sean las cantidades. Un precio infravalorado en una línea que se pide a menudo convierte un contrato ganado en pérdidas.

Estudie el presupuesto estimativo para entender qué líneas pesan más en la comparación. Pero desconfíe de la estrategia de hundir las líneas del estimativo e inflar el resto: el órgano de contratación puede detectarla y considerar la oferta irregular o anormalmente baja.

Compruebe las unidades de medida, los decimales admitidos y si es obligatorio rellenar todas las líneas. Una casilla vacía puede hacer que la oferta se rechace. Y si el contrato dura varios años, mire cómo se revisan los precios.

Ejemplo

La mancomunidad de aguas del valle del Lordín licita un acuerdo marco de reparación de conducciones con un valor estimado de 400.000 € para cuatro años. El cuadro de precios unitarios tiene ochenta líneas: apertura de zanja por metro lineal, suministro y colocación de tubería por diámetro, reposición de pavimento por metro cuadrado. Una empresa de obra civil valora cada línea a partir de sus costes y, durante la ejecución, cobra según las unidades realmente ordenadas en cada contrato basado.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay con el presupuesto desglosado?

El cuadro de precios unitarios sirve para contratos con cantidades variables. El presupuesto desglosado descompone un precio a tanto alzado, fijado con independencia de la cantidad final.

¿Se puede dejar una línea a cero?

Es arriesgado. Un precio nulo puede considerarse anormal o hacer irregular la oferta. Si una prestación está incluida en otra, indíquelo cuando el pliego lo permita.

¿Son negociables los precios unitarios?

Solo si el procedimiento admite negociación. Una vez formalizado el contrato, únicamente cambian por la fórmula de revisión prevista.

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