Firma electrónica

La firma electrónica sustituye a la manuscrita en la contratación pública española. Nivel exigido, certificados, cuándo firmar y errores que cuestan la oferta.

Actualizado el 5 de septiembre de 2026

La firma electrónica es el procedimiento que permite firmar un documento digital garantizando la identidad del firmante y la integridad del archivo. En la contratación pública española sustituye a la firma manuscrita en la proposición, en las declaraciones responsables y en la formalización del contrato, dentro de un proceso íntegramente electrónico.

Cómo funciona

El marco es el reglamento europeo eIDAS, que distingue la firma electrónica simple, la avanzada y la cualificada. La disposición adicional decimosexta de la LCSP remite a una orden del Ministerio de Hacienda las condiciones de uso de las firmas electrónicas en la contratación del sector público, y exige que las herramientas empleadas sean no discriminatorias, de uso general y basadas en estándares abiertos, y que acrediten la fecha y hora de envío y recepción (verified 2026-09-05). En la práctica, los pliegos exigen al menos una firma avanzada basada en un certificado reconocido o cualificado.

Las empresas usan normalmente un certificado de representante de persona jurídica emitido por un prestador cualificado, expedido a nombre de quien tiene poder para obligar a la sociedad. También se admiten el DNI electrónico y otros certificados de persona física con poder acreditado.

La firma se aplica archivo por archivo, con la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la plataforma o con una aplicación independiente compatible. El sistema genera un sello de tiempo y un justificante de presentación que conviene conservar. El órgano de contratación comprueba después la validez del certificado y la integridad de los documentos.

El pliego indica qué documentos deben ir firmados y en qué momento. En la tramitación abreviada del procedimiento abierto simplificado, la formalización puede consistir simplemente en la firma de aceptación de la resolución de adjudicación por el contratista.

Qué cambia para una empresa

Si licita con regularidad, obtenga el certificado con antelación: la emisión exige una verificación de identidad y puede tardar días. No lo deje para la víspera de una fecha límite y controle su caducidad, porque un certificado vencido invalida la firma.

Compruebe en cada licitación qué hay que firmar: la proposición económica, el DEUC o la declaración responsable, y en su caso los anexos. Firme los documentos exigidos, no el archivo comprimido que los contiene. Pruebe la herramienta de la plataforma antes del día de la presentación, con el navegador y la versión de Java o de la aplicación de escritorio que exija.

Tenga en cuenta que la imagen escaneada de una firma manuscrita no es una firma electrónica y no acredita nada.

Ejemplo

Una empresa de instalaciones eléctricas resulta adjudicataria de un contrato de adecuación del alumbrado público de un municipio por 95.000 €. Presentó la oferta firmada con el certificado de representante de su administradora a través de la herramienta de la PLACSP, con sello de tiempo. Propuesta como adjudicataria, aporta la documentación y constituye la garantía definitiva, y el contrato se formaliza en documento administrativo firmado electrónicamente por ambas partes.

Preguntas frecuentes

¿Necesito un certificado para presentar una oferta?

Sí en la práctica. La presentación electrónica exige identificarse y firmar los documentos que el pliego determine.

¿Qué nivel de firma se exige?

Como mínimo una firma avanzada basada en certificado reconocido o cualificado en el sentido de eIDAS. La cualificada siempre se admite.

¿Cómo firma una UTE?

Según lo previsto en el pliego: firma el representante con poder bastante de la unión, o firma cada empresa la parte que le corresponde junto con el compromiso de constitución.

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